Naturaleza jurídica de los billetes del Banco de la República
Resumen
Como Colombia es miembro adherente al Convenio Constitutivo del Fondo Monetario Internacional, a partir de 1977 quedó en la obligación de cumplir la disposición de la segunda enmienda, de acuerdo con la cual los países miembros pueden establecer paridades en derechos especiales de giro o en otro denominador común que el Fondo determine, sin que en ningún caso sea el oro, ni otra moneda.
Frente a esta nueva situación jurídica derivada de la modificación del Convenio, según la cual se produjo la eliminación de la paridad oro, se hace necesario estudiar la naturaleza jurídica de la moneda y, en especial, la del billete del Banco de la República, con el objeto de precisar si la referencia al oro que aparece en los billetes de curso legal en el país, está llamada a producir o no efectos jurídicos en la actualidad.